DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Única Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer esta acción de amparo constitucional sobrevenido, interpuesto por el Abg. Oskel José Camacho Vásquez, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana LESVIA COROMOTO RODRÍGUEZ DELGADO. SEGUNDO: Se ordena la remisión de la causa para el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control No. 3 de este Circuito Judicial Penal, al ser el competente para conocer de esta modalidad de amparo, contra la presunta negativa del Estacionamiento Gran Jacobo ubicado en Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, quien presuntamente se ha negado a entregar el vehículo Clase Automóvil, Modelo Starlet XL Sinc, Marca Toyota, Año 1993, Color Beige, Placas XXU418, Serial de Carrocería EP81.....