En tal virtud, el ciudadano José Daniel Flores Camacaro se compromete a aumentar la obligación alimentaría a la cantidad de Cuatrocientos Veinte Mil Bolívares (Bs. 420.000,oo) mensuales, a razón de pagos quincenales, en beneficio del niño identidad omitida, de cinco (05) años de edad. Asimismo, ambos progenitores compartirán los gastos de medicamentos y consultas, por mitad, previa presentación de factura. Así como, ambos progenitores compartirán los gastos escolares y decembrino, por mitad. El progenitor entregará a la progenitora Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 50.000,oo) para que apertura la cuenta de ahorro en la Entidad Bancaria Banesco, a los fines de que el progenitor cumpla con su obligación. Ambos progenitores manifiestan conformidad con lo planteado.-
Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.