DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: RECONOCIDO EN SU CONTENIDO, FIRMAS Y, HUELLAS DACTILARES, el instrumento privado referente a una compra venta que le hiciera el ciudadano MANUEL HORACIO LEON BENITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.810.969, al ciudadano LUIS ENRIQUE CARMONA AHING, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V-7.105.942, de unas bienhechurías sobre un (01) lote de terreno con una superficie de cuarenta hectáreas (40has) con una carretera de cuatro mil metros (4.000mts) Propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en la localidad de Salom, vía temerla Municipio Nirgua Estado Yaracuy el cual se encuentra alinderado así: Norte: Con terreno de José Omar Cohen, Sur.....