Visto que se cumplieron los requisitos de procedencia de la presente solicitud, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Conceder AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRO DE BENEFICIOS a la Ciudadana FELIA BENARDA TELLERIA DE VELIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.915.842, en su carácter de abuela materna y colocadora legal del niño IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 25 de agosto de 2016, de siete (07) años de edad, a fin de que la misma realice todos los trámites necesarios y en la cuota parte que le corresponda a su nieto, por ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación por cuanto la de cujus SAYRA ALEJANDRA VELIZ TELLERIA, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº .....