este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente demanda de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, presentada por el abogado HECTOR LEON ESCALONA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-11.648.851, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 94.815, contra la firma Mercantil CARTONAJES GRANICS C.A, originalmente denominada Cartonajes Granis, representada por su gerente general ciudadano Juan María Felip Caritg, titular de la cedula de identidad V-7.235.299, domiciliado en la calle Diego Tovar, Nro. 52-1, Municipio Diego Ibarra, Estado Carabobo