DECLARA:
PRIMERO:CON LUGAR LA DEMANDADE DIVORCIO 185-A, incoada porla ciudadanaFLORES DE GALINDEZ ELISA ENEIDA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 11.654.891, con domicilio ubicado en la urbanización Las Tapias, avenida Urdaneta, entre calles 3 y 4, casa N° S/N, planta baja, municipio San Felipe, estado Yaracuy, debidamente asistida por el abogadoQUIROZ SUAREZ JUAN MANUEL, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 222.069, contra el ciudadanoGALINDEZ FERNANDEZ CHERRY MANUEL, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 12.078.148, domiciliado en la urbanización Las Tapias, avenida Urdaneta, entre calles 3 y 4, casa N° S/N, planta alta, municipio San Felipe, estado Yaracuy, en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído entre los ciudadanos FLORES DE GALINDEZ ELISA ENEIDAy GALINDEZ FERNANDEZ CHERRY MANUEL,ya identificados, en fechadiecisiete(17)de julio del año mil novecientos no.....