En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de Divorcio fundada en las causales 2da y 3era del artículo 185 del Código Civil, presentada por el ciudadano SALVADOR GIUSEPPE PUMA FARRAUTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.862.866, domiciliado en la 4ta avenida, entre calles 14 y 15, edificio Line, piso 3, apartamento Nro.3, municipio San Felipe del estado Yaracuy, en contra de la ciudadana TIBISITI MARIA BETANCOURT LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.709.483, domiciliada en la Urb. Prados del Norte, avenida 3, entre calles 1 y 2, casa Nro. 3-32, municipio Independencia del estado Yaracuy; y en consecuencia "Disuelto el.....