D E C I S I O N
En base a los razonamientos anteriores, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente acción de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano: ALEXIS JOSE MACEIRA RAMIREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº.826.718, asistido por el abogado en ejercicio: Jesús María Paredes, Inpreabogado Nº. 62.754; cuya Partida de Nacimiento quedó asentada bajo el Nº.382, de los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, para el año 1937, los cuales reposan en el Registro Principal de este Estado; la cual queda corregida así: en donde dice:"... que tiene por nombre: ALEXCIS JOSE ...", en ad.....