En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda que por ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, interpusiera la ciudadana ROSARIO YARITZA FABIANI MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.727.872, domiciliada en el sector Pueblo Nuevo, calle 9, casa S/N, diagonal a la Escuela Buría, municipio Nirgua, estado Yaracuy, representada judicialmente por la abogada THAIDIS CASTILLO PEREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 133.881, en contra del ciudadano HENRY ANTONIO MACHADO BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.193.176, domiciliado en la calle 9, casa N° 127, sector Pueblo Nuevo, municipio Nirgua, estado Yaracuy, de conformid.....