Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO Y ACUERDO presentado por las partes los ciudadanos EDGAR ALBERTO MENDOZA RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 7.416.557, y MARYORI GLADYS ALONZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- 6.503.552, debidamente asistidos de abogados, en sus propios términos, en el presente juicio de DIVORCIO ORDINARIO. SEGUNDO: En consecuencia del acuerdo contenido en el desistimiento presentado, los costos y costas de del proceso, los gastos judiciales y extrajudiciales que se hayan generado durante el mismo, como honorarios de abogados, será a cargo de cada una de las partes, quedando liberado la .....