En fecha 23 de mayo de 2005, se recibe del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Autónomo Bruzual del Estado Yaracuy, solicitud de Obligación Alimentaria, realizada por la ciudadana MERLY YURIMA CHAVEZ JUAREZ, venezolana, mayor de edad, oficio del hogar, titular de la cédula de identidad N° 14.211.553, domicilia en los Colorados sector Bella Vista de este mismo Municipio, actuando en nombre y representación de sus hijos IDENTIDAD OMITIDA, de dos (12), nueve (09), diez (10) y dos (02) años de edad, respectivamente; mediante la cual pide que el ciudadano ALVARO JOSE LOPEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.211.553, con domicilio en los Colorados Bella Vista de este mismo Municipio, le fije una Pensión de Alimentos a sus hijos ante identificada.- Presentó copias certificadas de las partidas de nacimientos de los niños, las cuales cursan a los folios 04, 05, 06 y 07 de las presentes actuaciones.
En fecha 26 de mayo.....