Esta sala de juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA HOMOLOGAR en sus propios términos dicho convenimiento, de conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
En tal virtud, el padre ciudadano Luís Eduardo Ceballos Velásquez, compartirá con sus hijos IDENTIDAD OMITIDA, cada quince días quedando comprometido a buscarlos a casa de su madre los días sábados a las 9:00am y entregarlos personalmente los días domingos a las 2:00pm, podrá pernoctar con sus hijos en la casa de su abuelo paterno, ciudadano Tomas Ilarraza, ubicada en la urbanización La Milagrosa, casa N° 77, calle 4, Aroa Municipio Autónomo Bolívar del Estado Yaracuy, que es la casa donde habita, dicho régimen comen.....