DECISION
En base a todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, incoado por la ciudadana: MIGDALIA JOSEFINA LOPEZ CAMPOS DE ESCALONA, mayor de edad, venezolana, enfermera, titular de la cédula de Identidad No. 7.559.556, de este domicilio, asistida por el Abogado ELIO JOSE ZERPA ISEA, Inpreabogado N° 0568, fundamentada en la causal Segunda del Artículo 185 del Código Civil Venezolano Vigente, es decir, El Abandono Voluntario, contra el ciudadano OMAR JOSE ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.913.722, de este domicilio.
En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial, celebrado ante la Prefectura del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, hoy Coordinación Civil.....