Este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano RICHARD EMILIO GUTIERREZ, quien es venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, natural de San Felipe, fecha de nacimiento 05 de Abril de 1973, de profesión u oficio obrero, titular de la cedula Nº 12.938.738, residenciado la Avenida Eduardo Lapi, cerca del Centro Medico Can, Casa S/N, bloque sin frisar, al lado de un Grupo Escolar, Municipio Independencia, Estado Yaracuy, por el delito de LESIONES PERSONALES, en perjuicio de la ciudadana HERIBERTA MARIA RAMOS, de conformidad al Articulo 318 ordinales 2° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el hecho imputado no es típico y existe la imposibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación.