Luego de estudiada la situación de el penado JAVIER RAFAEL REYES GODOY, titular de la cedula de identidad N° Indocumentado, quien se encuentra recluido en el Internado judicial de Uribana estado Lara. Fue condenado a cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS, SEIS (6) MESES DE PRESIDIO; por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, previstos y sancionados en el artículo 408 ordinal 1 del Código Penal; el referido penado se encuentra detenido desde el 30/05/2000 hasta la presente fecha (09/12/05), por lo que se infiere que lleva detenido CINCO (5) AÑOS, SEIS (6) MESES, NUEVE (9) DIAS, mas la redención realizada el 11/05/04 de DOS (2) MESES, arroja un total de CINCO (5) AÑOS, OCHO (8) MESES, NUEVE (9) DIAS; faltándole por cumplir de la pena impuesta OCHO (8) AÑOS, NUEVE (9) MESES, VEINTIUN (21) DIAS, la cual vence el 30/09/2014; la 1/3 parte de la pena ya las tiene cumplidas, las 2/3 partes (9 años, 8 meses) de la pena para optar a la LIBERTAD CONDICIONAL vencen el 30/11/2009; y las.....