Vista la anterior demanda y sus recaudos que le acompañan, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, una vez revisado como ha sido el libelo de demanda, de conformidad con los requisitos exigidos por el articulo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y constatado que llena los extremos de Ley, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante cartel de notificación, con entrega de compulsa, al Ciudadano: RAFAEL SERVA CANMARANO, venezolano, mayor de edad, con domicilio en: Avenida La Paz, subiendo del IPASME a Doscientos metros; Qta. "San José", Municipio San Felipe Estado Yaracuy, en su condición de propietario de AGROPECUARIA "EL ESCORPION" y patrono demandado, en la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, que le ha incoado el ciudadano: JAIME INES SALAS CAMPO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.....