DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: CAMEJO, LUIS ANTONIO Y YECERRA PARADA, YOMAIRA DEL CARMEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-14.211.435 y V-15.389.914, debidamente asistidos por la abogada SUBDELIA DEL CARMEN COLMENAREZ GIMENEZ, inscrita en el Inpreabogado con el número 218.198, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha diez (10) de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994) por ante la Prefectura del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy hoy Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, según consta en el libro de Registro Civil de Matrimonios en Acta N° 119, de ese despacho.
No hay pronunciamiento en relación a hijos, ya que, los solicitantes no procrearon hijos, igualmente, no hay pronunciamiento en referencia a la liquidación de los bienes gananciales, por cuanto los solicitantes manifestaron que no fueron .....