este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos YORBIS RAFAEL MONTILLA RODRIGUEZ Y LESVIMAR VALENTINA PARRA DE MONTILLA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad N° 13.696.245 y 15.964.111 respectivamente, domiciliados en la calle 2, Ruiz Pineda, Sector Piedra Grande, entre Cedeño y 2da transversal, casa Nro 49, Municipio Independencia estado Yaracuy y en la Pradera, Sector I, Vereda J, casa Nro 240, del Municipio cocorote, estado Yaracuy, debidamente asistidos por la abogada YELITZA SALCEDO SALCEDO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 154.637, En consecuencia, con respecto al niño de autos, este Tribunal esta.....