NIEGA LA ADMISIÓN de la demanda de DIVORCIO, interpuesta por los ciudadanos LUIS ANTONIO ESCUDERO ROBERTIS y ELVIMAR MIRACHI DOMINGUEZ ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-19.614.583 y V-21.300.265, respectivamente, domiciliado el primero de los prenombrados en la Avenida Cedeño, Urbanización Virgen del Valle, bajando por el INCE, Municipio independencia del estado Yaracuy; y la segunda de los prenombrados tiene como domicilio en el Sector Cocorotico, Urbanización Luis Silva, Calle 03, Transversal C, detrás del I.A.N, Casa N° 1.922, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, asistido en este acto por los abogados Fernando Salcedo y Cesar Manuel Díaz Cortez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-7.907.760 y V-14.210.088, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 78.688 y 217.455, respectivamente, de este domicilio, por cuanto no cumplieron con lo solicitado mediante auto de fecha 11 de agosto de.....