Decisiones del dia 24/02/2015
N° Expediente :
2.182-15
N° Sentencia :
1460-15
Fecha: 24/02/2015
Procedimiento: Nulidad De Titulo Supletorio
Partes: VIRGINIA MERCEDES MENDOZA ARIAS/YOGLIS MERCEDES CUENCA MENDOZA
Resumen:
En consecuencia, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley;
PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA CUANTIA para conocer la presente demanda de Nulidad de Título Supletorio, incoado por la ciudadana VIRGINIA MERCEDES MENDOZA ARIAS, contra la ciudadana YOGLIS MERCEDES CUENCA MENDOZA, anteriormente identificadas.
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a quien se ordena remitir mediante oficio, una vez que haya transcurrido el lapso legal correspondiente.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE, incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento.....
Juez/Ponente:
Raimond Manuel Gutiérrez Martínez
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote.
N° Expediente :
UP11-J-2014-001901
N° Sentencia :
Fecha: 24/02/2015
Procedimiento: Divorcio
Partes: SOLICITANTES: CIUDADANOS YOVANA NOEMI LUGO DE CEBALLOS Y LUIS GERARDO CEBALLOS BELANDRIA
Resumen:
DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos YOVANA NOEMI LUGO DE CEBALLOS y LUIS GERARDO CEBALLOS BELANDRIA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 12.412.608 y 9.026.537 respectivamente. En consecuencia, con respecto al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA, de 14 años de edad, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos padres y la custodia será ejercida por la madre. SEGUNDO: En cuanto a la Obligación de manutención el padre aportará la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) mensuales, que serán depositados en la cuenta bancaria a nombre de la madre del adolescente y dicha cantidad será aumentada de manera automática y proporcional, tomando en cuenta la capacidad económica del padre y las necesidades del adolescente. En cua.....
Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
N° Expediente :
UP11-V-2015-000056
N° Sentencia :
Fecha: 24/02/2015
Procedimiento: Homologación
Partes: PARTE ACTORA: CIUDADANA MILAGROS ZULIMAR OROPEZA GONZALEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 17.034.075. PARTE DEMANDADA: CIUDADANO ROMER ENRIQUE VASQUEZ SUAREZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 16.238.595.
Resumen:
Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por las partes y dado que el mismo no vulnera normas, ni derechos a favor del niño IDENTIDAD OMITIDA , de 7 años de edad y que se trata de una materia en la que es posible la mediación dada la permisibilidad y disposición en atención a la materia tratada; este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 262 y 263 del Código de Procedimiento Civil, acuerda: HOMOLOGAR en sus propios términos dicho convenio, por no ser contrario a los intereses del niño de autos.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y expídase por la Secretaría, copia certificada que .....
Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
N° Expediente :
UP11-J-2015-000289
N° Sentencia :
Fecha: 24/02/2015
Procedimiento: Separación De Cuerpos
Partes: CIUDADANOS IRU YUKARY AUYURUARY CALDERA PARRA Y MARTIN JOSÉ NORIEGA ESCALONA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NÚMEROS 14.709.366 Y 14.608.298 RESPECTIVAMENTE
Resumen:
Asimismo, se conformidad con lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes el Tribunal, en relación a los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA, actualmente de 7 y 2 años de edad respectivamente, se decretan las siguientes medidas:
PRIMERO: Ambos padres, tendrán la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza sobre su hija. SEGUNDO: La Responsabilidad de Crianza será ejercida por ambos padres y la Custodia por la madre. TERCERO: En cuanto a la Obligación de Manutención, el padre aportará la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) mensuales. Asimismo, en el mes de diciembre aportará la cantidad adicional de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) para gastos de útiles escolares y la cantidad adicional en el mes de diciembre de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) para gastos de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) para gastos decembrinos de los niños. En cuanto a los gastos extras tales como: consu.....
Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
N° Expediente :
UP11-J-2015-000289
N° Sentencia :
Fecha: 24/02/2015
Procedimiento: Separación De Cuerpos
Partes: IRU YUKARY AUYURUARY CALDERA PARRA Y MARTIN JOSÉ NORIEGA ESCALONA
Resumen:
DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos datos omitidos, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números 14.709.366 y 14.608.298 respectivamente.
Asimismo, se conformidad con lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes el Tribunal, en relación a los niños identidad omitida de conformidad con el articulo 65 de la lopnna, actualmente de 7 y 2 años de edad respectivamente, se decretan las siguientes medidas:
PRIMERO: Ambos padres, tendrán la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza sobre su hija. SEGUNDO: La Responsabilidad de Crianza será ejercida por ambos padres y la Custodia por la madre. TERCERO: En cuanto a la Obligación de Manutención, el padre aportará la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) mensuales. Asimismo, en el mes de diciembre aportará la cantidad adicional de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) para gastos de útiles escolares y la cantidad adicional en e.....
Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen