este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos MARCELINO ALONZO LUGO TORREALBA e HIZAIDA ROSA PIÑA SALAS, venezolanos, cónyuges, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 5.465.277 y N° 7.508.363, debidamente asistidos por la Abogado YADIRA PARRA DE AGUILAR, INPREABOGADO Nº 14.139, por el matrimonio civil contraído, por ante la Prefecto del Municipio Miguel Peña, Distrito Valencia del estado Carabobo, hoy Oficina de Registro Civil Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia, estado Carabobo, según comprobación que se hizo con la respectiva copia debidamente certificada del Acta de Matrimonio No. 3 del año 1.985; en cuanto a su hijo (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de.....