Este Tribunal declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos: MARIA EUFRACIA PEREZ DE MUJICA, CRISLEYDI MARIA MUJICA PEREZ, DENIS ALEXANDER MUJICA PEREZ, JAIRO ANTONIO MUJICA PEREZ, LISMERI NAIR MUJICA PEREZ, YUNIOR JOSE MUJICA PEREZ, YSBELIS DAYANIS MUJICA PEREZ y ANDERSON JAVIER MUJICA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-4.479.461, Nº V-18.303.668, Nº V-12.082.978, Nº V- 12.082.979, Nº V-12.727.757, Nº V-17.319.887, Nº V-16.974.646, Nº V-21.302.934 respectivamente, en su condición de cónyuge, la primera de los nombrados e hijos los restantes, del ciudadano: ERNESTOS MUJICA VALDERRAMA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.187.523, domiciliado en el Sector Vigirima, Carrera 03, entre Calles 13 y 14, Municipio Urachiche, Estado Yaracuy, fallecido en el Municipio Urachiche, Estado Yaracuy, el d.....