Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: conforme a lo dispuesto en los artículos 626, 628, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y previa la realización del cómputo contemplado en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente a la causa que nos ocupa, por remisión expresa del artículo 537 eiusdem, SE DECRETA EL CESE de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, impuesta contra el joven adulto (Identidad Omitida), antes identificado, en este asunto por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano FREDDY PERFECTO .....