Decisiones del dia 04/08/2006
N° Expediente :
3794-03
N° Sentencia :
Fecha: 04/08/2006
Procedimiento: Perención
Partes: ABOGADA MAGALY GARCIA MARQUEZ, DEFENSORA PÚBLICA DÉCIMA ENCARGADA DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, QUIEN ASISTE A LA NIÑA IDENTIDAD OMITIDA CONTRA EL CIUDADANO: IVER IVAN LOBATON VERASTEGUI
Resumen:
Tal como se observa en el presente expediente, la ultima actuación efectuada en el mismo, fue en fecha 08 de septiembre de 2003 y por cuanto no ha habido impulso procesal desde esa fecha hasta la presente, se produce una discontinuidad material de la instancia, por lo cual este Tribunal de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara la Perención de la Instancia en el presente Juicio de Obligación Alimentaria, presentado por la Abogada MAGALY GARCIA MARQUEZ, Defensora Pública Décima Encargada de esta Circunscripción Judicial, quien asiste a la niña identidad omitida, representada por su madre la ciudadana ROSANGEL YUDITH RODRIGUEZ FELICE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.264.365 y domiciliada en la calle 6 entre Avenida Bolívar y Falcón N° 13-82, Boraure, municipio La Trinidad del Estado Yaracuy contra el ciudadano IVER IVAN LOBATON VERASTEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.079.906.....
Juez/Ponente:
Emir Morr
Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
N° Expediente :
7374-06
N° Sentencia :
Fecha: 04/08/2006
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento
Partes: CIUDADANA ADA SILVIA GOMEZ RAMIREZ
Resumen:
Por las razones expuestas, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en forma sumaria, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DEL NIÑO identidad omitida, inscrita por ante la Primera Autoridad Civil del municipio Cocorote del estado Yaracuy, bajo el Nº 134 de los Libros de Registro Civil de Nacimientos del año 1995, en el sentido que donde se incurrió en el error de asentar el sexo del niño como NIÑA, aparezca en lo adelante el sexo NIÑO, que es lo correcto y cierto.
Juez/Ponente:
Emir Morr
Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
N° Expediente :
8299-06
N° Sentencia :
Fecha: 04/08/2006
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento
Partes: ABG. MARÍA DE LOS ÁNGELES BERMÚDEZ, ACTUANDO EN SU CARÁCTER DE DEFENSORA PÚBLICA TERCERA, ADSCRITA AL SISTEMA AUTÓNOMO DE LA DEFENSA PÚBLICA DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL Y CON COMPETENCIA EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS Y ADOLESCENTES, PRESTÁNDOLE ASISTENCIA A LOS NIÑOS IDENTIDAD OMITIDA,
Resumen:
Por las razones expuestas, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en forma sumaria, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara con lugar la solicitud de rectificación de partida de nacimiento de los niños identidad omitida, inscritos por ante el Coordinador del Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, bajo el Nº 61 y N° 62 respectivamente, de los libros de registro civil de nacimientos llevados en el año 1997, en el sentido que donde se asentó el segundo apellido de la madre el cual es el materno como "CASTILLO", se coloque "PARRA", por ser lo correcto.
Expídase copia certificada de la presente decisión y con oficio remítase al Coordinador del Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Independencia del Estado Yara.....
Juez/Ponente:
Emir Morr
Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
N° Expediente :
3142-06
N° Sentencia :
Fecha: 04/08/2006
Procedimiento: Perención
Partes: ABOGADA YRELA YSABEL CHAM R., DEFENSORA PÚBLICA DÉCIMA DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, CONTRA EL CIUDADANO: ALCIDES DEL VALLE MARCANO RAMOS
Resumen:
Tal como se observa en el presente expediente, la ultima actuación efectuada en el mismo, fue en fecha 05 de agosto de 2003 y por cuanto no ha habido impulso procesal desde esa fecha hasta la presente, se produce una discontinuidad material de la instancia, por lo cual este Tribunal de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara la Perención de la Instancia en el presente Juicio de Obligación Alimentaria, presentado por la Abogada Yrela Ysabel Cham R., Defensora Pública Décima de esta Circunscripción Judicial, quien asiste a las niñas identidad omitida, representada por su madre la ciudadana LILIANA JACKELINE GONZALEZ SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.273.875 domiciliada en la 5ta. Avenida, N° 71 sector El Kiosco Nirgua, municipio Nirgua del Estado Yaracuy contra el ciudadano ALCIDES DEL VALLE MARCANO RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.666.343 y domiciliado en Nirgua mun.....
Juez/Ponente:
Emir Morr
Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
N° Expediente :
3669-06
N° Sentencia :
Fecha: 04/08/2006
Procedimiento: Intimación De Honorarios
Partes: CIUDADANA ABG. MARIA BLANCO BLANCO, CONTRA LA CIUDADANA MARISELA PEREZ
Resumen:
Vencido el plazo concedido, estando en la oportunidad de decidir la presente causa este Tribunal hace las consideraciones siguientes:
En el cobro de honorarios profesionales, el llamado realizado por el órgano jurisdiccional al deudor o cliente, es a través de la intimación para hacerse el requerimiento de carácter ejecutivo, bajo amenaza o apercibimiento, para que pague o acredite el pago de la cantidad estimada e intimada, salvo que rechace ese derecho.
En primer lugar corresponde al intimado aceptar la intimación o formular oposición o impugnación el derecho a percibir honorarios o acogerse al derecho de retasa a que refiere la ley, conforme a lo previsto en los artículos 22 y 25 de la Ley de Abogados, en concordancia con lo normado en los artículos 21 y 22 del Reglamento de la Ley de Abogados.
Es así que luego de admitida la demanda, ordenada la intimación al cliente, para que dentro del plazo de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su intimación, pague.....
Juez/Ponente:
Frank Santander
Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente