este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por motivo de CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE ENTREGA DEL INMUEBLE ARRENDADO, interpuesta por la ciudadana FANNY SALAZAR DE OCHOA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.313.915, domiciliada en el edificio 14-2, ubicado en la Calle 14 entre Avenidas 7 y 8, San Felipe, Estado Yaracuy, representada judicialmente por la abogada GLORIA EVELINA GIMENEZ GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.215, en contra del ciudadano FRANKLIN JOSÉ DE LA LAGUNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.656.589, de este domicilio, asistido judicialmente por el abogado HUMBERTO MONSERRAT DÍAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.106.
SEGUNDO: Como consecuencia del particul.....