Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos CASTILLO CARDONA CARMEN ADRIANA y DIAZ LOPEZ GIOVANIS ALFONSO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.965.094 y V-4.122.074 respectivamente, domiciliados la primera en la urbanización Las Acequias, bloque 5, apartamento 31-05, primer piso, municipio Cocorote, estado Yaracuy, y el segundo en la urbanización Las Acequias, modulo "B", apartamento B-19, planta baja, municipio Cocorote, estado Yaracuy, en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los unía y contraído entre ellos, en fecha 31 de mayo de 1978, ante la Alcaldía del M.....