DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA formulada por la Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Abogada REINA ZOLAIME COLMENARES AGUILAR, a solicitud de la ciudadana WENDYS ALICIA PULIDO PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.285.918, en beneficio de sus hijos, los niños y adolescentes identidad omitida, de (8), (10), (14) y (12) años de edad, respectivamente, y considera conveniente fijar la Obligación Alimentaria, en la cantidad de SETENTA MIL (Bs. 70.000,00) mensuales, que el ciudadano JOSE ELADIO MARCHENA FERNANDEZ, deberá pasar a sus hijos a partir del presente mes, los cuales deberán ser descontados por Nómina.
Asimismo, en.....