VIII
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la Acción Posesoria por Despojo, prevista en el art. 197, ord. 1 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, que incoara las ciudadanas VIRGINIA HERRERA Y HAIDEE HERRERA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 6.605.462 y V- 5.456.327, respectivamente, representadas judicialmente por el abogado OSMONDY CASTILLO SÁNCHEZ, IPSA N° 56.246, en su condición de Defensor Público Primero en materia Agraria, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública Agraria del Estado Yaracuy, contra el ciudadano JOSÉ ELÍAS PINTO OJEDA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V- 4.134.580, representándose judicialmente, sobre un lote de terreno ubicado en el S.....