EN CUANTO A LA OBLIGACION DE MANUTENCION: PRIMERO: El padre aportara la cantidad de SIETE MIL BOLIVARES MESUALES (Bs. 7.000,00) los cuales serán depositados en la cuenta de ahorros que la madre abrirá para tal fin. Con relación a los gastos médicos, medicinas, ropa, calzado, serán cubiertos por ambos padres. En cuanto a los gastos escolares los útiles escolares los cubrirá la madre y los uniformes los cubrirá el padre, por un monto mínimo de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00). Los gastos decembrinos, estrenos del 24 los cubrirá el padre, por un monto mínimo de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00), los cuales serán entregados los 15 de diciembre y deberá entregarle el cesta juguete que la empresa CORPOELEC, le otorga a los hijos de sus trabajadores.
De las actas que conforman el presente expediente se evidencia que las partes han llegado a un acuerdo con relación a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor del adolescente DOMINGO JOSE VARGAS ANDRADEZ, que por su naturaleza es perm.....