En virtud de los fundamentos de hecho y derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en Sede Constitucional decide: PRIMERO: Se ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos ROBERTO EDITCIO MÉNDEZ YÁNEZ, WILLIAM JOSÉ SÁNCHEZ JIMÉNEZ, RAFAEL ANTONIO MONTES CAMACHO, HENRY ALEXANDER LOZADA VIVAS, ZAIDEE YOLUBA OSORIO, NEPTALI IVAN ESCALONA MENDOZA, NÉSTOR DAVID MACHADO MARTÍNEZ y ALIRIO MACARIO AGUIRRE RIVERO, venezolano, titulares de las cédulas de identidad números V-7.914.397, V-7.913.639, V-7.913.173, V-17.469.585, V-12.076.056, V-6.603.774, V-17.469.226 y 18.438.593, respectivamente. Representados por el abogado ROMER PASTOR SILVA LEÓN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 138.228, contra la decisión de fecha ocho (08) de febrero de 2017, dictada por la Abogada ILEANA NOHEMÍ ROJAS ROJAS, actuando en su carácter de Jueza Provisoria del Juzgado Segundo de.....