DECISION
En merito de las razones anotadas, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, por haber transcurrido Diez (10) años y Tres (03) meses aproximadamente, sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento en la presente demanda de RESOLUCION DE CONTRATO seguido por la ciudadana OTY JODITH MARTINEZ DE RAMIREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.512.191 y de este domicilio, contra INVERSIONES Y ADMINISTRADORA DE BIENES COMBIENES COMPAÑÍA ANONIMA, en la persona de su representante Legal el ciudadano NOEL LENIN QUIROZ MUJICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.088.074, domiciliado la carrera 18, entre calles 23 y 24, piso 6, Oficina 6-4, del Edificio Cavendes, Barquisimeto Estado Lara, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en consecuencia, se EXTINGUE el pr.....