DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos RODRÍGUEZ DERSY COROMOTO y SILVA CHIRINOS JULIO CESAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.647.768 y V-10.858.052, domiciliados la primera en el sector Villa la Venta, calle José Félix Ribas con prolongación avenida Libertador, municipio Independencia, estado Yaracuy, y el segundo en la avenida 02, entre calles 6 y 7, casa número 6-14, municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistidos del abogado JOSÉ GILBERTO MARTÍNEZ MONTOYA, Inpreabogado Nº 138.615; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los unía y contraído entre ellos, en fecha 21 de abril de 2006, ante el Registro Civil del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, tal como consta en el acta N° 46, del mismo año, que anexan a la solicitud, y corre inserta a los folios 4, 5 y 6, y sus vueltos, de la causa, marcada con la letra "A".
SEGUNDO: UNA VEZ QUEDE FIRME LA PRESENTE D.....