Así mismo, se designa como curadora especial a la ciudadana CLARA MABEL ARROYAVE DE DIAZ, extranjera, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº E-82.295.209, para que en nombre y representación de los niños IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 17 de junio de 2009, de diez (10) años de edad y IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 30 de agosto de 2016, de dos (02) años de edad, protocolice ante la Oficina de Registro Publico de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del estado Yaracuy, la cesión a la que se contrae esta solicitud. Expídase copias certificadas de la sentencia y entréguese los documentos originales a la parte solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. En San Felipe, a los diez (10) días del mes de julio de 2019. Años: 209° de la Indepen.....