CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, presentada por la abogada EUNICE ADELYN CEDEÑO GARCIA, Fiscal Provisorio séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando a solicitud de la ciudadana SARA LINA UZCATEGUI IZARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.000.811, en su condición de abuela materna, en beneficio del niño "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA", nacido en fecha 5 de diciembre de 2010, en contra de la ciudadana SARA NOHEMI DONCHE UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.241.635, de conformidad con lo establecido en los artículos 75 Constitucional, 8, 25, 26, 27, 345, 358, 394, 396 y 400 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia la Responsabilidad de Crianza y el elemento de la Responsabilidad de Custodia del niño, la ejercerá la ciudadana SARA LINA UZCATEGUI IZARRA, de conformidad con lo previsto en .....