declara la incompetencia de este Tribunal para conocer de la presente demanda de PARTICIÓN AMIGABLE, presentada por la ciudadana MARIA LUISA MORA DE RACCAMARICH, venezolana, mayor de edad, de estado civil viuda, oficinista, titular de la cédula de identidad Nro V-2.555.328, y con domicilio en la ciudad de Valencia, estado Carabobo, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos PATRICIA DEL CARMEN Y MARCOS DANIEL JOSE RACCAMARICH MORA, venezolanos, mayores de edad, de estado civil solteros, titulares de las Cédulas de Identidad números V-12.081.930 y V-10.366.988 respectivamente, debidamente asistida por la abogada MARIA DE LOURDES CAMACARO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-4.963.263, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 6.524; en consecuencia DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, p.....