D E C I S I O N
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el Convenimiento formulado por la ciudadana: XIOMARA COLL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 3.662.732, asistida por el Abogado Néstor A., Arzola, Inpreabogado No. 36.711, parte intimada en el juicio de: COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, incoado por el ciudadano: MARCIAL ROJAS CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 6.291.644, asistido por el Abogado Oscar A., Fuenmayor R., Inpreabogado No. 120.904. En consecuencia procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento.
Archívese el expediente, y entréguese a la parte intimada, ciudadana: Xiomara Coll, ya ident.....