declara: EXTINGUIDO EL PROCESO en el juicio de Divorcio, con base al artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, incoado por el ciudadano EDWARD JESUS DIAZ INOJOSA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-18.548.976, domiciliado en la Urbanización Loma Linda, casa S/N, calle 3 del Municipio Cocorote, estado Yaracuy, asistido por el abogado Evencio Mora Mora, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 32.715; contra su cónyuge, ciudadana ORIANNY ALEJANDRA SANCHEZ ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-21.300.455, domiciliada en Avenida Principal, con callejón Guaicaipuro del caserío Bella Vista, casa S/N, Parroquia El Guayabo, Municipio Veroes, estado Yaracuy.
No hay condenatoria en costa dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada, conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de P.....