Decisiones del dia 22/07/2005
N° Expediente :
UP01-P-2005-000670
N° Sentencia :
UJ012005003979
Fecha: 22/07/2005
Procedimiento: Negativa De Sobreseimiento
Partes: IMPUTADO ANGEL EUCIDES GARCÍA LUCENA
Resumen:
Este Tribunal para decidir observa lo siguiente:
La norma procesal indica que en los procesos penales el titular de la acción penal la ejerce es el ministerio público, por lo que, solo el ministerio público está autorizado para darle termino a la acción penal, solo él puede solicitarlo al juez de control, y así lo establece el articulo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, es a través del acto conclusivo, donde se le da por finalizada a la investigación o fase preparatoria, sea sobreseimiento o acusación, el sobreseimiento no puede ser solicitado por el imputado o su defensor, asimismo indica la norma procesal penal en su articulo 313, que el ministerio público procurará dar termino a la fase preparatoria con la diligencia que el caso requiera, y pasados los seis meses desde la individualización del imputado, éste podrá requerir al juez de control la fijación de un plazo prudencial, para concluir la investigación y en el presente asunto el imputado fue individualizado en fecha 1.....
Juez/Ponente:
Gloria Torrellas Alterio
Organo:
Tribunal Primero de Control
N° Expediente :
UP01-P-2005-001447
N° Sentencia :
UJ012005003981
Fecha: 22/07/2005
Procedimiento: Auto De Calificación De Aprehensión En Flagrancia
Partes: IMPUTADO: JHONFIS ANTONIO RIOS PRIETO, FISCAL PRIMERO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY ABG. RAFAEL PEREZ DIAZ
Resumen:
Por todas las razones de hecho y derecho antes expuestas, es por lo que este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA la aprehensión del ciudadano JHONFIS ANTONIO RIOS PRIETO, plenamente identificado al comienzo del presente fallo, como FLAGRANTE; la aplicación del PROCEDIMIENTO ABREVIADO y MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 453 del Código Penal, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 248, 250, 251, 256 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena al secretario remitir las actuaciones al tribunal de juicio una vez vencido el plazo de ley. Publíquese, Regístrese y diarícese. Cúmplase.-
Juez/Ponente:
María Ines Pérez Gutiño
Organo:
Tribunal Tercero de Control