Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy ¿ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY¿ DECRETA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano WILMER ANTONIO MORENO YBARRA, venezolano, de 19 años, titular de la Cédula de Identidad N° 17.700.619 y residenciado en Barrio Italven, Calle 15, Casa S/N (color anaranjada) al lado de la Casa N° 17-66, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, por la comisión del delito de HOMICIDIO, previsto y sancionado en el articulo 407 del Código Penal en perjuicio del adolescente MARTIN OSCAR ESPINOZA CHAVEZ, de conformidad lo establecido en los Artículos 250 numerales 1°, 2° y 3° y 251 numerales 2°, 3° y primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y diarícese. Cúmplase.-