Por las razones expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA EXTINCIÓN DEL PROCESO de demanda de DIVORCIO presentada por el ciudadano: SILVIO ANTONIO GALLARDO, mayor de edad, de este domicilio, venezolanos y titular de la cédula de identidad Nº 6.854.289, debidamente asistidos por el Abogado ROMULO ESTANGA-GRATEROL, INPREABOGADO No. 14.571, contra la ciudadana ULA GUADALUPE SIVIRA ROSENDO, venezolana, domiciliada en la urbanización La Primavera, Fundo San Jacinto, sector G, lote 34, Cocorote Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.554.991 celebrado entre ellos el día 17 de febrero de 1.987, hoy Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Bolívar del Municipio del Estado Yaracuy, según comprobación que se hizo con el Acta de Matrimonio.....