En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda que por ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, interpusiera la ciudadana ROSALBA ELENA AJACA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.618.761, domiciliada en la calle 10, con carreras 7 y 8, sector cuatro esquinas II, de Sabana de Parra, municipio José Antonio Páez, estado Yaracuy, asistida por el abogado JUVENAL ANTONIO MENDEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 67.287, en contra de la niña ROUSSE MARIALID TORREALBA AJACA, quien se encuentra representada judicialmente por la abogada ANA GABRIELA FLORES, Defensora Pública Auxiliar Tercera adscrita a la Defensa Pública del estado Yaracuy y con competencia en.....