PRIMERO: La presente causa se inicio por denuncia formulada por la ciudadana: LUZ CASTRO CARMONA, titular de la Cédula de identidad N° 7.502.971, domiciliada en Calle 2, casa 9, Urbanización San Jerónimo, Cocorote, Estado Yaracuy, en fecha 15-02-2001, en contra de HIPOLITO JESUS VELIZ PEREZ venezolano, titular de la Cédula de Identidad N°10.859.486 , residenciado Barrio Italven, calle 16, frente al club Italven, San Felipe, Estado Yaracuy, de LESIONES , previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal.
SEGUNDO: Que el delito que se le imputa a HIPOLITO JESUS VELIZ PEREZ venezolano, titular de la Cédula de Identidad N°10.859.486 , residenciado Barrio Italven, calle 16, frente al club Italven, San Felipe, Estado Yaracuy, es el de LESIONES , previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal, tiene una pena de Uno (1) a Cuatro (4) años de Prisión..
TERCERO Desde el día 15-02-2001, hasta la presente han transcurrido Cinco Años y Un Mes sin que la Fiscalía del Mini.....