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Decisiones del dia 28/09/2006 |
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N° Expediente :
8525-06
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/09/2006 |
Procedimiento: Homologación Guarda |
Partes: CIUDADANOS VICENTE ESCOBAR Y YISNEY DEL CARMEN LANDERO, |
Resumen:
En tal virtud ambos progenitores, ciudadanos VICENTE ESCOBAR y YISNEY DEL CARMEN LANDERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.607.276 y V-20.176.892, respectivamente , acordaron ejercer la guarda de sus hijos identidad omitida, de tres (3) y cinco (5) años de edad, de la siguiente manera: ÚNICO: el progenitor VICENTE ESCOBAR, ejercerá la guarda de su hija identidad omitida, de cinco (5) años de edad, por cuanto la madre manifestó que en su hogar, hay muchos varones para cuidarla y confía en que sus tías paternas junto con su progenitor, le brinden los cuidados que ésta requiere a su edad. Igualmente la progenitora ejercerá la guarda de su hijo identidad omitida, de tres (3) años de edad; a partir de la fecha de suscripción del presente acuerdo.
Publíquese y Regístrese. Déjese Copia Certificada.
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Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
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Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
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N° Expediente :
8174-06
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/09/2006 |
Procedimiento: Obligación Alimentaria |
Partes: CIUDADANA ROSA VARGAS CONTRA EL CIUDADANO PEDRO GAMARRA |
Resumen:
DECISIÓN:
En merito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente demanda de cumplimiento de obligación alimentaría, interpuesta por la ciudadana ROSA VARGAS, titular de la cédula de identidad N° 7.909.285, a favor de la niña identidad omitida, de once (11) años de edad, asistido por de la Defensora Pública Abg. MARÍA DE LOS ANGELES BERMUDEZ, contra el ciudadano PEDRO GAMARRA, padre de la niña de autos. En consecuencia se le condena a pagar las siguientes cantidades: 1) La cantidad de TRESCIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 320.000,00), correspondientes a ocho (08) meses de Obligación Alimentaría vencidas a razón de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000) semanales. 2) La cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00), correspondientes a la Obligación Alimentaría de.....
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Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
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Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
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N° Expediente :
8531-06
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N° Sentencia :
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Fecha: 28/09/2006 |
Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria |
Partes: CIUDADANOS DURVYS ISIDRA LÓPEZ Y JOSÉ HONORIO GARCÍA |
Resumen:
En tal virtud, el ciudadano José Honorio García suministrará por obligación alimentaría la cantidad de Setenta Mil Bolívares (Bs. 70.000,oo) semanales, en beneficio al niño identidad omitida, de nueve (9) años de edad, que comprende cuarenta mil bolívares (Bs. 40.000,oo) del pago de la muchacha que cuida al niño y treinta mil bolívares (Bs. 30.000,oo), igualmente el progenitor le suministrará 10 cesta ticket mensuales a la progenitora. Asimismo, en cuanto al bono escolar el progenitor comprara los útiles escolares y la progenitora pagara el transporte escolar, así como, los progenitores compartirán los gastos decembrino. Los montos aquí acordados serán entregados directamente a la progenitora, previa firma de un recibo, haciéndose efectivo a partir de la semana del 22 de septiembre del año en curso. Ambos progenitores manifiestan conformidad con lo planteado.-
Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
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Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
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Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
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