En cuanto al pago de la cantidad de cuatro millones siete mil quinientos bolívares (Bs.4.007.500,00), resultado de la sumatoria de facturas otorgadas por terceros, motivadas a los gatos de relación si bien el Tribunal Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de este Estado, en la inspección formulada en fecha 25 de mayo de 2006, hecha a solicitud del accionante, designo como experto al ciudadano JONNY O. QUINTERO JIMENEZ, para que asesore al tribunal en la misión a cumplir, evidenciándose en su informe cursante a los folios 19 al 21, la parte demandada, este Tribunal considera que la parte no solicito la ratificación en su contenido y firma de las facturas cursante a los folio 38, 39 y 40 del expediente, tal como lo establece el articulo 431 del Código de Procedimiento Civil, por lo tanto, no le otorga ninguna valor en la presente causa. Asi se decide.
Por la razón antes expuesta, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Trán.....