DECLARA: a los ciudadanos, NINFA DEL CARMEN MARAMARA MARTINEZ (VIUDA) DE PIRE, YAMILETH DEL CARMEN PIRE MARAMARA, WILLIN FRANCISCO PIRE MARAMARA, YENNY DE LA PAZ PIRE MARAMARA, YOLET JOSUE PIRE MARAMARA, EVELIO JOSE PIRE MARAMARA, ELEVI PIRE MARAMARA venezolanos, mayores de edad, cedulas de identidad Nros 11.270.033, 15.389.211,16.949.050, 17.319.620, 19.697.391,19.697.392 y 20.542.270 y respectivamente domiciliados en Urachiche, Municipio Urachiche, estado Yaracuy y a los adolescentes DE IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de 15 y 12 años de edad venezolanos, menores de edad, cedula de identidad Nros, 22.318.571 y 26.631.592 como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano, JOSE EVELIO PIRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 7.580.203, quien falleció en fecha 15 de Noviembre del 2010, sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos. Devuélvanse los originale.....