En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de Divorcio fundada en el artículo 185, numeral 2do del Código Civil, presentada por la ciudadana EVELIA MARY FERNANDEZ CANALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.262.851, domiciliada actualmente en la calle 9 esquina avenida 13, La Peñita, Chivacoa, municipio Bruzual, estado Yaracuy, representada judicialmente por la Abogada DORILDA DEL CARMEN MENDOZA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 218.915, en contra del ciudadano EDNER ALEXANDER LEAL SEQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.468.798, domiciliado en la calle 3, sector José Félix Rivas, casa s/n, Chivacoa, municipio Bruzual,.....