DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: FREDDY MONTES e IRIS YELIPSA BARRIOS LUGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 7.576.194 y 5.463.864, domiciliados en la Urbanización Bello Monte, Casa No. 22, Valencia del estado Carabobo y en la Avenida No. 9, Cruce con calle 3, Sector alto de la laguna Casa S/N, Nirgua del estado Yaracuy, respectivamente, asistidos en este acto por la Abogado Nora D., Meléndez L., Inpreabogado No. 55.314. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha: 31 de Diciembre de 1976, por ante la Prefectura del Distrito Nirgua, estado Yaracuy, la cual se encuentra asentada en los Libros de Registro Civil para Matrimonios, llevados por la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Nirgua del estado Yaracuy, durante el año 1976, bajo el No. 91.
No hay pronunciamiento sobre los hijos procreados durante la unión conyugal, p.....