Al folio 14 del expediente, riela inserta acta de fecha 08 de Diciembre de dos mil seis, mediante la cual se evidencia que en la oportunidad fijada para realizar el acto conciliatorio entre los ciudadanos JAIME SUSANO FALCON FALCON y MARTHA CECILIA QUERO GRATEROL, titulares de las cedula de identidad Nº 10.247.279 Y 12.743.979, ante el Juez de la Sala 1 de este Tribunal, Abg. Frank Santander Ramírez, y la Secretaria, Abg. Teresa Castrillo, donde ambas partes llegaron a un acuerdo donde el ciudadano JAIME SUSANO FALCON FALCON, retirara al niño de autos en horas de la tarde del cuidado diario, de lunes a viernes, regresándolo al hogar de la madre a las 6:30 P.M. aproximadamente. Los sábados lo buscara el hogar materno en la mañana y lo regresara ese mismo dia a las 6:00 P.M.
Estando dentro de la oportunidad legal para hacer pronunciamiento sobre la solicitud de fijación de Régimen de Visitas, procedente Sistema Autónomo de Defensa Publica de la Circunscripción Judicial del estado.....