DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADO el convenimiento celebrado por el abogado JULIO CESAR TORRES, Inpreabogado N° 59.489, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ZULAY CATALINA ROMERO DE GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.235.759, parte actora y el demandado, ciudadano ELIUD DANIEL ULRICH GUÉDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.280.912 asistido por el Abogado CARLOS RAFAEL PINTO ALVARADO, Inpreabogado N° 105.084, el 08 de febrero de 2018, en los mismos términos expresados por las partes.
SEGUNDO: SE TIENE POR RECONOCIDO, el documento privado, cursante al folio 06 del presente expediente, que contiene la negociación celebrada el primero (01) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), entre el ciudadano ELIUD DANIEL ULRICH GUÉDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.280.912, en su condición de vendedor con la ciudadana ZULAY CATALINA ROMERO DE GUEVARA, venezolana.....