este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA EXTINCIÓN DEL PROCESO de demanda de DIVORCIO presentada por la ciudadana: ARELIS ARACELIS PEROZA CASTILLO , mayor de edad, venezolana y titular de la Cédula de Identidad Nº 13.774.358, debidamente asistida por el abogado JOSE CARLOS RODRIGUEZ DURAN , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, N° 8.515.242, Inpreabogado N° 61.363, contra el ciudadano DIOFEL MOISES ARMAS HERNANDEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.791.620 celebrado entre ellos el día 05 de mayo de 1.995, realizado por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Peña del estado Yaracuy, y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, conforme lo establece el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil una vez firme la presente decisión.
NO QUEDA DISUEL.....